Las autoridades del Estado de México pueden imponer sanciones económicas a conductores que manipulen aplicaciones de navegación como Waze o Google Maps mientras su vehículo está en movimiento, según lo establecido en el Reglamento de Tránsito local.
Detalles de la normativa
La legislación, vigente desde noviembre del año pasado, señala en su artículo 90 que los automovilistas deben “abstenerse de utilizar objetos que representen un distractor para la conducción segura, exceptuando el uso de manos libres u otras tecnologías; tratándose de dispositivos de apoyo a la conducción como mapas y navegadores GPS, cualquier manipulación deberá hacerse con el vehículo detenido”. Esta regla aplica a todo tipo de conductores, incluyendo repartidores, choferes de plataformas digitales y usuarios de motocicletas particulares.
El monto de la multa se determina con base en las Unidades de Medida y Actualización (UMA) y el historial de sanciones del infractor. Para quien no tenga multas pendientes, la penalidad mínima es de 16 UMAs, equivalentes a mil 876.96 pesos. Si el conductor acumula dos o tres sanciones sin liquidar, la cifra sube a 18 UMAs (2 mil 111.58 pesos), y para quienes tengan cuatro o más adeudos, la sanción grave asciende a 20 UMAs, es decir, 2 mil 346.2 pesos.
Cómo evitar la infracción
Para eludir esta penalización, el reglamento permite el uso de estos sistemas de geolocalización siempre que el automóvil se encuentre completamente detenido y en un lugar seguro. Una recomendación es planificar la ruta antes de comenzar el viaje. Agentes de tránsito, identificables por su uniforme de pantalón azul y camisola blanca, son los únicos facultados para aplicar esta infracción, la cual no conlleva la retención del vehículo o de las placas.
El objetivo declarado de esta disposición es prevenir accidentes, priorizar a los peatones y desalentar prácticas que pongan en riesgo la seguridad vial en la entidad.
